Partido Político Colmenar viejo por delante CVxD

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COLMENAR VIEJO POR DELANTE

AFILIADOS

Para la admisión de cualquier persona como miembro del partido (“afiliado”) se requiere la previa solicitud del interesado realizada por escrito. 

¿Puedo Afiliarme?

Podrán ser afiliados de COLMENAR POR DELANTE (CVxD)  las personas físicas, mayores de edad, que no tengan limitada ni restringida su capacidad de obrar, sean nacionales o extranjeras y que no estén afiliados a otros partidos políticos, salvo que el partido político al que pertenezca el candidato no tenga su ámbito de actuación en Colmenar Viejo y que, a juicio discrecional del Comité Ejecutivo, dicho partido no defienda intereses contrapuestos a los de COLMENAR POR DELANTE (CVxD) . 

No podrán ser afiliados aquellos que hayan sido penalmente condenados por asociación ilícita, o por alguno de los delitos graves previstos en los Títulos XXI a XXIV del Código Penal o por cualquier otro delito doloso siempre que, en este último caso, el Comité Ejecutivo lo considere conveniente para no perjudicar los intereses o imagen del partido. 

La causa de incapacidad de condena penal no afectará a quienes hayan sido judicialmente rehabilitados. 

Tampoco podrán ser afiliados aquéllos que desarrollen o hayan desarrollado actividades que, a juicio discrecional del Comité Ejecutivo, sean contrarias, opuestas o contradigan los principios inspiradores y fines de COLMENAR POR DELANTE (CVxD)  o que puedan condicionar o poner en duda la independencia, buen nombre o actuación del Partido.

¿qUIERES AFILIARTE A COLMENAR VIEJO POR DELANTE?

ADMISIÓN

1.- Para la admisión de cualquier persona como miembro del partido (“afiliado”) se requiere la previa solicitud del interesado realizada por escrito. La solicitud deberá presentarse ante el Comité Ejecutivo y el mero hecho de presentarla implica:  

  1. La aceptación de los principios inspiradores y fines de COLMENAR POR DELANTE (CvxD). 
  2. La declaración expresa de que, ni directa ni indirectamente, realiza o tiene intereses de cualquier tipo en actividades contrarias a los principios inspiradores y fines de COLMENAR POR DELANTE (CVxD)  y de que su solicitud de afiliación no viene motivada por intereses espurios. 
  3. El compromiso de cumplir los Estatutos y Reglamentos del Partido. 
  4. La aceptación de un deber de lealtad al Partido y a sus dirigentes, de cumplir las directrices acordadas por sus órganos y de aceptar una plena discreción y reserva respecto de sus trabajos y documentos.
  5. El compromiso de comportarse de forma honesta y conforme a los principios inspiradores y fines de COLMENAR POR DELANTE (CVxD) , en la vida política, profesional y pública.   

2.- El Comité Ejecutivo resolverá sobre la procedencia o denegación de la admisión de la solicitud de afiliación. 

Si rechaza la solicitud de afiliación deberá comunicarlo al solicitante dentro de los diez días siguientes al de la fecha del acuerdo, que deberá ser motivado, disponiendo el solicitante de un plazo de quince días naturales contados desde la comunicación, para interponer recurso de reposición ante el propio Comité Ejecutivo. 

De confirmase la resolución el solicitante podrá, en el plazo de cinco días naturales, interponer  recurso de apelación ante el Congreso General, que decidirá definitivamente y sin ulterior recurso, en la siguiente reunión que de la misma se celebre.   

3.- El Comité Ejecutivo llevará y conservará un libro de afiliados con la mayor reserva y discreción y de acuerdo con lo prescrito por la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y garantía de los derechos digitales.  

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